Entiende cuándo puedes acudir a un juez para pedir la protección de tus derechos fundamentales.
Es un mecanismo judicial preferente y sumario para solicitar protección inmediata de derechos fundamentales cuando una acción u omisión de una autoridad, o de un particular en los casos previstos, los amenaza o vulnera.
En general, cualquier persona puede presentarla por sí misma, mediante representante o a través de las figuras legalmente permitidas. No exige abogado para su presentación personal.
Ejemplos frecuentes: salud, mínimo vital, educación y derecho de petición, según los hechos concretos.
El juez debe resolver la solicitud de tutela dentro de los diez días siguientes a su presentación, conforme al artículo 86 constitucional. Es un término máximo de decisión, no un plazo para que la entidad demandada conteste.
El juez fija el plazo para rendir informe, normalmente entre uno y tres días, según las circunstancias y el Decreto 2591 de 1991. No existe un único término universal de contestación para todos los casos.
Revisión preliminar de los hechos y de la documentación disponible, identificación de los aspectos relevantes para la solicitud, organización de los soportes y preparación del escrito correspondiente. El alcance de la atención, las actividades posteriores y las condiciones de presentación se definirán en la cotización.
La tutela es gratuita ante los juzgados; los honorarios corresponden exclusivamente al servicio privado contratado.
El precio se determina según urgencia, hechos, documentación, complejidad y actuaciones requeridas. Para este servicio, el presupuesto de referencia comienza desde $500.000 COP, sujeto a propuesta individual.
Cotizar tutela →Referencias: Constitución, art. 86 · Decreto 2591 de 1991.
Revisamos la información inicial para definir el servicio y su alcance.